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Comunicado del Banco Agrario de Colombia

(@BancoAgrario) Frente a la carta enviada por Comunicación Celular S.A., Comcel S.A., y a las manifestaciones del presidente de esa empresa en la rueda de prensa llevada a cabo el día de hoy 16 de julio de 2020, sobre el Proceso BAC 2019–161 cuyo objeto es: “Prestar los servicios de TIC de conectividad y seguridad informática requeridos para el funcionamiento y operación del Banco”, el Banco Agrario de Colombia se permite realizar las siguientes precisiones y aclaraciones:

1.    Es falso que el Banco Agrario haya divulgado información confidencial de la propuesta de Comcel S.A. al otro proponente. En observancia del principio de publicidad e igualdad entre los oferentes, el Banco Agrario está obligado a compartir la información contenida en las propuestas entre los oferentes, a menos que se considere como confidencial en los términos de la sentencia T-1029 de 2005 de la Corte Constitucional. El Banco requirió a Comcel S.A. para que sustentara legal y técnicamente los argumentos que acreditaran la confidencialidad de dicha información, ya que, de acuerdo con la Ley, la mayoría de esta información no cumplía con los criterios para ser clasificada como confidencial. Comcel S.A. sustentó y soportó parcialmente la naturaleza confidencial y reservada de la información que hacía parte de su oferta y el Banco, en consecuencia, no divulgó la información que tenía justificación de reservada, que es la que Comcel S.A. denuncia como revelada. Es de aclarar que Comcel S.A. tuvo total acceso a la información no confidencial plasmada en las ofertas de los otros proponentes.

2.    Es falso que Colombia Telecomunicaciones S.A no cumpliera con varios de los requisitos mínimos que otorgan el puntaje. En referencia al equipo mencionado por Comcel S.A. y ofertado por Telefónica que a su juicio no cumplía con las especificaciones, Comcel S.A. malinterpreta la referencia de dicho equipo puesto que el 1G corresponde a la capacidad de aceleración u optimización, lo cual no es un requisito solicitado en este proceso de contratación. Lo anterior consta y se detalla en la evaluación entregada por la Universidad de los Andes (Consultor externo y experto en la materia, contratado por el Banco) donde certifica que Telefónica cumple técnicamente con los requisitos que otorgan puntaje.

3.    Es Falso que el Banco Agrario hubiera aceptado una mejoría o una complementación o un ajuste de la propuesta de Telefónica con respecto a la cantidad mínima de puertos. Telefónica presentó una aclaración consistente en la redistribución de los equipos, manteniendo los mismos equipos ofrecidos en la oferta inicial en cantidad, marcas, precios y referencias, por lo cual no representa una mejoría o ajuste de la propuesta. La Universidad de los Andes validó la aclaración presentada y la consideró idónea en el cumplimiento de la cantidad mínima de puertos y equipos requerida para cada sitio del Banco. La aclaración de Telefónica se presentó en la etapa de evaluación de requisitos habilitantes, etapa en la cual se pueden presentar aclaraciones.

4.    Es Falso y temerario afirmar que el Banco Agrario alteró los calificables asignados por la Universidad de los Andes. La imagen que presenta Comcel S.A. como prueba de tal alteración, la cual desconoce tanto el Banco Agrario como la Universidad de los Andes, no corresponde a la versión real y oficial del resultado de los calificables que fue remitido por la Universidad de los Andes al Banco Agrario el día 9 de Julio a las 11:17 pm (día anterior a la subasta inversa), el cual fue remitido a los oferentes para su conocimiento el lunes 13 de julio, tal y como se recibió de la Universidad de los Andes. Llama poderosamente la atención que Comcel S.A. tuviera acceso de forma irregular a un archivo que, aunque no es original contiene una posible información preliminar de puntaje, debe explicar cómo lo obtuvo y por qué no lo denunció en su momento.

5.    Es Falso que el Banco Agrario haya “manejado” los puntajes de los calificables de acuerdo con el resultado de la subasta. Como se mencionó en el punto anterior, los puntajes finales corresponden exactamente al puntaje asignado por la Universidad de los Andes y contenido en el archivo enviado a los oferentes. Adicionalmente es falso que el Banco no hubiera publicado el resultado de los calificables antes de la subasta con el fin de “manejar” los puntajes, puesto que, la razón por la cual se hizo de esa manera fue evitar que, por diferencias significativas en los puntajes, y que fueran conocidos de antemano por los oferentes, afectara la puja en la subasta inversa, en detrimento de poder obtener la mejor oferta económica para el Banco.

6.    Es Falso que Telefónica hubiera hecho lances “exactos y quirúrgicos” en respuesta a los realizados por Comcel S.A. como resultado de presuntamente conocer previamente el puntaje de los calificables. Esta acusación se prueba falsa por el hecho de observar que en solo 3 de los 9 lances de la subasta Comcel S.A. iba ganando. De hecho, si se observa el ultimo lance que hizo Telefónica, donde bajó la propuesta en $5,997,560,333, de haber sabido de antemano el puntaje de los calificables no hubiera realizado este lance, por cuanto aunque en ese momento iba perdiendo la puja con  Comcel S.A por $900,093,000, iba ganando el proceso por 22.9 puntos. Lo que sí llama la atención es que Comcel S.A hubiera sido tan pasivo en sus lances de la subasta, como si conociera de antemano información en el sentido de haber ganado con holgura los calificables, como ocurría con el archivo apócrifo atribuido a la Universidad de los Andes, que nos envían en la carta y que no explican cómo lo obtuvieron. 

7.    La transparencia en la contratación pública requiere de funcionarios públicos íntegros pero también empresas oferentes que acepten gallardamente sus derrotas en procesos transparentes y no que pretendan intimidar a los funcionarios públicos con acusaciones infundadas y temerarias con el fin de anular procesos idóneos donde sus intereses no han salido favorecidos. Esta práctica deleznable quedó en evidencia no solo con la carta enviada por Comcel S.A. al presidente del Banco Agrario, sino también por otra carta, igualmente enviada al presidente del Banco Agrario, de la misma manera infundada y temeraria, que envió Telefónica cuestionando la transparencia del proceso, afirmando un supuesto favorecimiento a Comcel S.A., aun antes de la subasta inversa, de la cual se retractó posteriormente.

8.    Esta administración seguirá observando los más altos estándares de transparencia en todos los procesos de contratación, lo cual fue determinante para que el Banco Agrario de Colombia tuviera ahorros por 65 mil millones de pesos en los gastos administrativos del año 2019 comparado con el año 2018. Todos los contratistas que aspiren a hacer negocios con la entidad pueden tener la plena tranquilidad que en el Banco Agrario ni se persiguen ni se favorecen contratistas y es el mérito de sus propuestas el único criterio para decidir sobre una contratación, tal como lo dispone la Ley y ha sido la instrucción del Presidente Iván Duque.

9.    El Banco Agrario en este proceso logró una oferta 21.000 millones de pesos inferior al presupuesto asignado por el banco producto de un sondeo de mercado.

10.    El proceso de contratación BAC 2019-161 ha sido transparente y con absoluto apego a la Ley y a las políticas de la entidad, razón por la cual seguirá su cronograma previsto hasta su adjudicación.

11.    Finalmente, el Banco Agrario se permite informar que está analizando todas las posibles acciones judiciales en contra de Comcel S.A. a las que haya lugar.

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